Poco conocidos hechos sobre vecinos morosos.
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«5. Cuando en la solicitud primero del proceso monitorio se utilizaren los servicios profesionales de abogado y/o procurador para demandar las cantidades debidas a la Comunidad, el deudor deberá remunerar, con sujeción en todo caso a los límites establecidos en el apartado tercero del artículo 394 de la Clase de Causa Civil, los honorarios y derechos que devenguen entreambos por su intervención, tanto si aquél atendiere el requerimiento de plazo como si no compareciere frente a el tribunal, incluidos los de ejecución, en su caso.
Nosotros seguimos pagando la misma cuota y la deuda aumenta. El administrador sigue pagando las facturas
Si el procedimiento pero está iniciado por parte de individuo de los demandados, el procedimiento no se archiva, continúa contra sus herederos, se debe de proporcionar el nombre de los herederos y por eso se continúa, asimismo se puede continuar contra la persona participe de los riqueza gananciales y que queda viva, porque en principio las deudas de comunidad son solidarias, es decir cualquiera de los copropietarios se le puede protestar el total independientemente de que luego cada propietario pueda exigir la parte que corresponde al otro propietario, pero en principio en los procedimientos monitorios tu te puedes dirigir contra uno, otro o cualquiera de los dos.
A TENER EN CUENTA. En la petición auténtico del procedimiento monitorio no es preceptiva la intervención de abogado y procurador independientemente de la cuantía.
Concilio ordinaria: tiene que convocarse una ocasión al año al menos, para aprobar los presupuestos y las cuentas anuales, entre otros temas.
Soy coopropietario de una mancomunidad de tres escaleras , a la que pertenezco de 5 propietarios solo soy el unico que no debe nada
*No es conveniente anunciar las deudas de los vecinos en un lugar sabido de la comunidad, puesto que se podrían tener problemas en cuanto a privacidad.
de cualquier de las maneras tengan en cuenta que cuando se propone un certificado de deuda para iniciar un procedimiento legal, debemos entender contra quien debemos realizarla, si no es Campeóní lo mas normal es que el Mediador no la admita a tramite.
…. Esto no acabo aqui, por que una hora mas tarde llaman a mi puerta. Y me acercamiento a tres vecinos que de muy malas formas, con forma intimidatoria y dictadora, increpan contra mi, sin darme opcion, ni preguntar, ni intencion por aprender mi version u observar mi postura, delante la ademán del operario (y valorar con todo ello la situacion). Se permitieron con una grandisima descuido de respeto en torno a mi y sin intencion otra ocasión, de escuchar y ni siquiera topar un apice de veracidad a mi version de los hechos, a PROHIBIRME dirigirma al operario. Diciendome que deje a la gente trabajar honradamente. Y una serie de motivos totalmente inciertos, y un litigio e imagen creada ayer sobre mi, y frente a otros vecinos, que no es la ingenuidad….
No entiendo click here muy perfectamente su pregunta. Se presupone que el administrador de fincas cesado ha gestionado todo el proceso monitorio y que incluso sea abogado y haya representado a la comunidad como tal. Si es Triunfadorí me atrevo a opinar que en su momento se le dió una provisión de fondos y que ahora que ha terminado el procedimiento, habrá una tasación de costas, tasación que irá en beneficio del abogado por la resolución del procedimiento y se le descontará la provisión de fondos que se le haya anticipado.
Menos de tratar de resolver el tema amigablemente poniendo en contacto a las dos partes, mi pregunta es qué prevenciones LEGALES tengo que realizar para que el evitar embargos o actuaciones contra mí o mi tierra.
En caso de no cumplir con los pagos, la Reunión de Vecinos puede requerir toda la deuda mediante un proceso amistoso o mediante procedimiento legal.
Realizar todas aquellas modificaciones que considere convenientes en su vivienda, siempre y cuando estas no supongan un perjuicio para el resto de propietarios. Dichos cambios tendrán que ser notificados al presidente o al administrador de la comunidad.
Sinceramente creo que un burofax a un inquilino tiene poco trayecto porque a quien debe dirigirse es al propietario de la vivienda. Con relación a las posibles responsabilidades debe de estar tranquilo porque aunque aparezca su origen, ella es la Presidenta y por lo tanto tiene la capacidad para dirigirse a cualquiera de los propietarios de la vivienda en un momento determinado para advertirles de aquello que pueda afectar a los intereses de la comunidad, incluso una carta a un inquilino, aunque esta pueda tener poco reconvención.